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    Preguntas frecuentes sobre tarjetas revolving y microcréditos

    Tarjetas usura

    Desde Despachoespecializado.com queremos responder a las preguntas frecuentes que mas nos realizan en casos de tarjetas revolving y microcréditos, queremos ayudarte en tus dudas tanto legales como de la forma correcta de actuar, para nosotros lo primero es su tranquilidad y saber que a la hora de reclamar podrá contar con un abogado especializado resolviendo todas sus dudas. Recuerde, reclamamos por usted y sus intereses.


    Toda tarjeta de crédito que se posponga el pago de las cantidades dispuestas, puede ser una tarjeta revolving.

    Cuando el tipo de interés aplicado al préstamo es desproporcionado a los tipos normales.

    Mientras siga el producto “vivo” y continúe pagándolo, en principio no. Consulte su caso.

    El último recibo. O el número de tarjeta o de préstamo. (Necesitaremos más documentación, pero el resto podemos conseguirla reclamando a la entidad o solicitándolo en el juzgado)

    Podemos reclamarla a la entidad o a los tribunales.

    Habrá que estudiar la viabilidad y riesgo de su caso, pero probablemente sí.

    Todo el dinero pagado de más. Es decir, si un juez considera que su caso ha sido abusivo o a sido “afectado” por usura; usted sólo tendrá que devolver lo que le prestaron. Todos los gastos, comisiones e intereses que pagó se los tendrán que devolver o no los tendrá que pagar.

    En despachoespecializado.com nos encargamos de todo, una vez tengamos unos datos fundamentales de su caso, firmaremos una hoja de encargo profesional y reclamaremos amistosamente al banco por usted. En la mayoría de los casos hay que demandar ante la negativa del banco, tan solo tendrá que otorgarnos poderes notariales para poder pleitar.

    El plazo medio es de 1 año a 2 años.

    Es raro llegar a un acuerdo con el banco, por estos productos, al menos un acuerdo justo para el consumidor. Si se llega a un acuerdo con el banco, el despacho cobrará una cantidad previamente pactada.

    Normalmente, casi en la totalidad de los casos, el banco es condenado a pagar los costes de abogado y procurador. El despacho pasará sus honorarios directamente al banco a través del juzgado y el cliente no tendrá nada que abonarnos.

    La justicia no es una ciencia exacta. Pero una vez estudiada la viabilidad de su caso, le informaremos de los riesgos del mismo, y la tendencia de los tribunales.

    Existen sentencias del Tribunal Supremo que sientan jurisprudencia contra este tipo de productos usureros, y señalan explícitamente que este tipo de productos “no merecen la protección del sistema jurídico”

    Sí, sin duda alguna. La especialización es cada vez más importante en el ejercicio de la abogacía. Existen tal multitud de campos jurídicos que es imposible conocer todos de manera amplia. Por ello, no dude en contratar un abogado cuyo trabajo diario sea el de lidiar con este tipo de asuntos.

    No. Únicamente el coste de otorgarnos poderes ante un notario para pleitear.

    -Si no ganamos no cobramos-