La sentencia de nuestro Tribunal Supremo, deja claro que cláusulas como no pagar el precio del vehículo en caso de accidente por embriaguez tienen que estar “destacadas de modo especial” en el contrato del seguro con el fin de que el cliente tenga conocimiento exacto del riesgo cubierto.
A nuestro juicio, esté tipo de sentencia puede tener especial intereses para las victimas de accidentes de tráfico.
Y además a nuestro parecer, deja de nuevo claro, nuestro Tribunal Supremo la importancia de la trasparencia en las cláusulas de los contratos con clientes.
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